A partir del 1 de noviembre de 2026, los grandes contribuyentes locales y los medianos de República Dominicana deberán emitir únicamente comprobantes fiscales electrónicos (e-CF) con secuencia tipo E, según el calendario de implementación de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
Los comprobantes no electrónicos tipo B asignados a estos contribuyentes podrán utilizarse solo hasta el 31 de octubre. Después de esa fecha, su uso quedará limitado a contingencias declaradas y bajo las condiciones del capítulo IX del Reglamento núm. 587-24.
¿Qué significa para el bolsillo y para tu negocio? Quien aún no esté habilitado debe completar el proceso antes de que venza el plazo: estar inscrito en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) y al día con sus obligaciones, contar con un certificado digital para procesos tributarios, presentar la solicitud en la Oficina Virtual (OFV) y superar el proceso de certificación que habilita la emisión de los e-CF, en cumplimiento de la Norma General núm. 06-2018. Para facilitar la transición, la DGII señala que existen 190 proveedores de servicios de facturación electrónica autorizados en todo el país. Las empresas pequeñas, micro y no clasificadas tienen un plazo distinto: hasta el 15 de noviembre de 2026.
El consejo práctico: no esperes a la última semana de octubre. Revisa hoy tu clasificación ante la DGII, confirma tu certificado digital y elige proveedor con tiempo, porque una factura que no sea válida puede complicar tus ventas y la deducción de impuestos de tus clientes.
Fuente: Sondeo Latino, 16 de octubre de 2026, y Diario Ahora, 15 de octubre de 2026 (con información de El Día), sobre el calendario de la DGII.