La Novena Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional declaró culpable a la comunicadora Mía Fernanda Cepeda Marte de difamación e injuria mediante medios electrónicos, en el proceso seguido por la querella de Ricardo Carrasco Alcántara. La sentencia le impone tres meses de prisión suspendida y una indemnización de RD$2 millones a favor del querellante.

Prisión suspendida con domicilio fijo y trabajo comunitario

El fallo, identificado con el número 047-2026-SSEN-00162, dispuso que la ejecución de la pena de tres meses quede suspendida siempre que Cepeda Marte mantenga un domicilio fijo y cumpla 30 horas de trabajo comunitario, entre las condiciones fijadas por el tribunal.

La decisión se fundamenta en la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, la normativa aplicada a las conductas atribuidas a la comunicadora a través de plataformas electrónicas.

Multa de 25 salarios mínimos, costas y la indemnización

En el aspecto económico, la sentencia contempla una multa equivalente a 25 salarios mínimos y el pago de las costas judiciales del proceso. En el aspecto civil, los jueces determinaron que Cepeda Marte deberá compensar a Carrasco Alcántara con RD$2 millones por los perjuicios reconocidos en el fallo.

El tribunal distinguió entre las consecuencias penales del caso, sujetas a las condiciones de la suspensión, y las obligaciones económicas derivadas de la responsabilidad civil declarada.

Fuente: NoticiaPaís, con la sentencia de la Novena Sala Penal del Distrito Nacional; corroborado por 2028 y Sondeo Latino.