La procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, afirmó que es un mito que los delitos culposos cometidos en el ejercicio de la medicina puedan conllevar una acumulación de penas de hasta 60 años de prisión, como sostienen algunas versiones que circulan sobre el nuevo Código Penal, vigente desde agosto pasado.
«No hay forma de que un delito culposo que se comete en el ámbito médico llegue a un cúmulo de 60 años; es imposible. Eso es para delitos graves que conllevan acumulación de penas», sostuvo Reynoso, quien precisó que un médico solo podría enfrentar una condena de esa magnitud si comete un crimen grave ajeno al ejercicio de la medicina.
Las declaraciones se produjeron durante el seminario-taller «ABC de la Responsabilidad Jurídica en el Sector Salud: Desafíos inmediatos del nuevo Código Penal», organizado por la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) para profesionales de la salud, directivos de centros sanitarios y miembros de la comunidad jurídica, donde la procuradora dictó la conferencia «Novedades del Código Penal y sus implicaciones en el acto médico y la prestación de servicios de salud».
Reynoso recordó que los delitos culposos ya estaban contemplados en el artículo 319 del anterior Código Penal, de tradición napoleónica, y que la nueva legislación —la Ley 74-25— los recoge ahora en el artículo 112, sin cambios sustanciales en su contenido. Explicó además que la mala práctica médica supone una ruptura del deber de cuidado, cuando se cruza la frontera del riesgo permitido: la negligencia consiste en omitir lo que se debe hacer y la imprudencia, en actuar de forma temeraria sin las precauciones debidas.
En la actividad también participaron el cirujano plástico Severo Mercedes, el médico y abogado Ricardo Nieves, y los abogados Gilberto Octío, Ricardo De León y Luz Díaz.
Fuente: Procuraduría General de la República.